Av. Pte. Perón Nº 3938 - Gral. San Martín - Buenos Aires - Argentina // Teléfonos : (54-11) 7700 4324 - 7700-4322 // Email: colegio@colmed4.com.ar

Habilitación de Consultorios y Policonsultorios

HORARIO DE ATENCIÓN 

 

lunes a viernes de 9 a 15.30 hs

 

VISTO:

El Decreto nº 260/2020, del Poder Ejecutivo Nacional, dictado el 12 de marzo de 2020, por el cual se amplía la emergencia en materia sanitaria establecida por la Ley nº 27.541 en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud, provocada por el coronavirus COVID-19 y el Decreto nº 297/2020 de fecha 19 de marzo, por el cual se dispone el aislamiento social preventivo y obligatorio, vigente hasta la fecha; y


CONSIDERANDO:

Que corresponde dar cumplimiento a la Resolución N° 941/17 del Consejo Superior referente Habilitación de Consultorios y Policonsultorios en el marco normativo y fáctico mencionado.

Que ante esa situación con el cierre físico de las oficinas del Colegio es menester adaptar los requisitos del trabajo remoto al trámite de habilitación de consultorios y Policonsultorios.

POR ELLO, El Consejo Directivo del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires - Distrito IV, en ejercicio de las facultades que son propias RESUELVE:

Artículo 1º. Autorizar la recepción del pedido de “Habilitación de Consultorio y Policonsultorio” y el cumplimiento de los requisitos generales y de la planta física vigente y obrantes en el sitio Web Colmed4.


Artículo 2º. Verificados los instrumentos remitidos por el/la solicitante con valor de declaración jurada se extenderá una certificación con carácter transitorio por 90 días hasta tanto se realice la inspección respectiva.


Artículo 3º. La leyenda a estampar en el certificado respectivo será “Habilitación de Consultorio y Policonsultorio en el marco de los DNU 260/2020 y 297/2020 y de acuerdo a la Resolución Consejo Directivo Distrito IV nº…........


Artículo 4º. Publíquese, comuníquese y, oportunamente, archívese.

RESOLUCION N° 001/2020 
Gral. San Martín, 19 de mayo de 2020.

 

En virtud de lo arriba dispuesto, para dar curso a lo resuelto por el consejo directivo, deberá enviar a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. el formulario del link a continuación debidamente completado y firmado. 

 

>> Descargar Formulario de Solicitud  

 

REQUISITOS GENERALES Y DE LA PLANTA FISICA

  • Deberá exhibir chapa metálica que no exceda las medidas de 20 x 30 cm. En Clínicas debe figurar en cartelera con nombre, apellido y especialidad.
  • En el consultorio debe esta expuesto titulo de medico y de especialista (si la tiene reconocida en la provincia)
  • Sólo podrá anunciarse especialidades reconocidas y otorgadas por el Colegio de Médicos de la Pcia. de Bs. As.
  • La Fotocopia del Titulo de Medico y de especialista (si tiene especialidad reconocida en Provincia) deberán estar a la vista.
  • Instrumental médico.
  • La propaganda médica, debe ajustarse al Reglamento de Anuncios y Publicidad Médica (Decreto Ley 5413/58).
  • Un ambiente para el consultorio propiamente dicho con una superficie mínima de siete metros con cincuenta centímetros cuadrados (7,50m2), debiendo tener uno de sus lados dos (2) metros como mínimo con luz y ventilación natural o artificial que asegure condiciones semejantes, separado de cualquier otro ambiente con tabique completo hasta el cielorraso, brindando una aislación acústica adecuada.
  • Un ambiente destinado a baño con inodoro y lavamanos con acceso directo desde el consultorio o desde la sala de espera, salvo que se trate de consultorio de Urología, Ginecología, u Obstetricia, en cuyo caso se exigirá que el baño tenga acceso directo desde el consultorio. 

    a) PISOS: serán resistentes al uso, de materia liso, impermeable, lavable e ignífugo.
    b) PAREDES: de superficies lisas y fácilmente higienizables.
    c) CIELORRASOS: deberán ser de material a la cal o yeso o de cualquier otro material que garantice condiciones de incombustibilidad, higiene y sellado
    d) BAÑOS: las paredes deberán estar revestidas en todo su perímetro con azulejos o cerámicos esmaltados, de piso a cielorraso. Los baños correspondientes a otras áreas, salvo disposiciones específicas establecidas en el presente, cumplimentarán los recaudos enunciados precedentemente con excepción de las referidas a la obligatoriedad de poseer ducha.
  • Un ambiente destinado a sala de espera, con una superficie mínima que admita confortablemente la espera de (por lo menos) dos pacientes con comunicación con el consultorio en forma directa o a través de pasillo. 
  • Cuando se trate de un grupo de consultorios se exigirán los mismos requisitos en relación proporcional. Se admitirá un baño cada tres consultorios.

 

COSTO DEL TRÁMITE:

HABILITACION DE CONSULTORIO: $1.200.-

HABILITACION DE CONSULTORIO FABRICA: $4.500.-

Deberá enviar comprobante de pago junto con la documentación.

 

FORMA DE PAGO: TRANSFERENCIA BANCARIA

 

COLEGIO DE MEDICOS PCIA DE BS. AS.DISTRITO IV

BANCO ICBC   CUENTA CORRIENTE PESOS

CBU  0150523802000105683045

CUIT 30-68475963-5